Sociedad anónima
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La sociedad anónima es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado.
Los órganos de una sociedad anónima son la Junta General de Accionistas o Asamblea, el cual elige los Administradores o Consejo de Administración o Directorio. Cada integrante de la Junta General de Accionista tiene tantos votos como títulos o acciones o tipos de acciones posee.
En términos generales, las sociedades anónimas se reputan siempre mercantiles, aun cuando se formen para la realización de negocios de carácter civil.
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[editar] Características
En la mayoría de las legislaciones, y en la doctrina, se reconoce como principales características de este tipo de sociedad las siguientes:
- Limitación de responsabilidad de los socios frente a terceros;
- División del capital social en acciones;
- Negociabilidad de las acciones;
- Estructura orgánica impersonal;
- Existencia bajo una denominación particular.
[editar] Formación
En algunos sistemas, las sociedades anónimas pueden constituirse a través de un doble procedimiento práctico, regulado específicamente por los diferentes códigos o leyes mercantiles: Fundación simultánea y Fundación sucesiva
- Fundación simultánea: Bajo este procedimiento la fundación de la sociedad tiene lugar en un único acto en el que concurren todos los socios fundadores, poniendo de relieve su deseo de constituir una sociedad anónima.
- Fundación sucesiva: La constitución de la sociedad se basa en diferentes etapas o fases, desde las primeras gestiones realizadas por los promotores, la suscripción inicial de las participaciones sociales por parte de las personas físicas o jurídicas interesadas, y constitución final de la sociedad a través de la Asamblea constituyente.
[editar] Denominaciones en otros países
- En Alemania, Austria y Suiza: "Aktiengesellschaft" o AG
- En Estonia: "Aktsiaselts" o AS
- En Francia y Luxemburgo: "Société anonyme" o SA
- En Bélgica: "Naamloze Vennootschap" o N.V. / "Société anonyme" o SA
- En Hungría, dos entidades similares son: "Zártkörűen Működő Részvénytársaság" o ZRt. y la "Nyilvánosan Működő Részvénytársaság" o NyRt.
- En Italia: "Società per azioni" o S.p.A.
- En los Países Bajos: "Naamloze Vennootschap" o N.V.
- En Suecia: "Aktiebolaget" o AB
- En el Reino Unido e Irlanda: "Public limited company" o plc
- En Polonia: "Spółka Akcyjna" o S.A.
[editar] Regulación por países
[editar] Argentina
En Argentina, la sociedad anónima está regulada por la Sociedades comerciales Ley 19.550 de Sociedades Comerciales, publicada en el Boletín Oficial el 25 de abril de 1972.
[editar] Chile
En Chile, la sociedad anónima está regulada por la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, publicada en el Diario Oficial con fecha 22 de octubre de 1981.
[editar] España
En España, la sociedad anónima está regulada por el Real Decreto Legislativo 1564/1989 de 22 de diciembre, por el que se publica el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Boletín Oficial del Estado de 27 de diciembre de 1989, núm. 310, página 40012.
[editar] Uruguay
En Uruguay, la sociedad anónima está regulada ppr la Ley Nº 16.060: Sociedades comerciales, publicada en el Diario Oficial el 1 de noviembre de 1989.
[editar] México
En México, la sociedad anónima está regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 4 de Agosto de 1934.