Territorio histórico
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Territorio histórico (en euskera lurralde historiko) es la denominación que se usa en la Comunidad Autónoma del País Vasco (España) para cada una de las tres provincias que la integran: Álava, Guipúzcoa y Vizcaya.
Las diputaciones, que aquí son forales en lugar de provinciales, ejercen no sólo las competencias ordinarias de una diputación provincial, sino también competencias propias del régimen foral como, por ejemplo, en materia fiscal.
El reconocimiento constitucional de esta singularidad de los territorios históricos, al igual que la de la Comunidad Foral de Navarra, deriva de la disposición adicional primera de la Constitución española:
La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía
Si bien la Constitución alude a "territorios forales", el Estatuto de Autonomía para el País Vasco adopta la expresión "territorios históricos".
La disposición adicional primera de la Constitución, el Estatuto de Autonomía para el País Vasco y la Ley de Territorios Históricos aprobada por el Parlamento Vasco constituyen el marco jurídico básico de estos entes territoriales forales.