Mora (Derecho)
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La mora es el retraso, culpable o no, en el cumplimiento de una obligación.
Un retraso en el cumplimiento de una obligación supone un incumplimiento parcial, que puede provocar perjuicios más o menos graves en el acreedor, y como tal incumplimiento es tratado en los diferentes ordenamientos jurídicos.
[editar] Requisitos
El deudor esta en mora:
- Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado y salvo que la ley exija que el acreedor deba requerir primero al deudor el cumplimiento para constituirlo en mora.
- Cuando la deuda no ha podido ser dada o ejecutada sino dentro de cierto tiempo y el deudor lo ha dejado pasar sin darla o ejecutarla.
[editar] Consecuencias de la mora
Si bien las consecuencias concretas de la mora en una obligación dependerán de lo pactado, y del tipo de obligación, son habituales las siguientes consecuencias:
- Supone un incumplimiento contractual, que podría acarrear una rescisión si el contrato es de tracto sucesivo y la mora tiene cierta gravedad.
- Es habitual que se obligue al deudor a indemnizar con el pago de intereses de demora.
- También cabe reclamar daños y perjuicios provocados por el incumplimiento.
[editar] Mora en obligaciones de hacer
Si la obligación es de hacer, y el deudor se constituye en mora, el acreedor podrá pedir, junto con la indemnización de la mora, a elección suya:
- La ejecución por parte del deudor de lo convenido.
- Que se le autorice a él mismo para hacerlo ejecutar a un tercero a expensas del deudor.
- Que el deudor la indemnice de los prejuicios resultantes de la infracción del contrato.