Tribunal de Defensa de la Competencia de España
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El Tribunal de Defensa de la Competencia es un órgano del sistema español de regulación de la competencia, que está establecido por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).
La Ley de Defensa de la Competencia (LDC) prohíbe:
- todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela que produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en los mercados.
- la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición de dominio.
El tribunal puede sancionar los actos de competencia desleal que, por falsear de manera sensible la libre competencia, afecten al interés público.
[editar] Composición
Presidente
- Sr. D. Luis Berenguer Fuster
Vicepresidente
- Sr. D. Antonio del Cacho Frago
Vocales
- Sr. D. Antonio Castañeda Boniche
- Sra. Dª. Pilar Sánchez Núñez
- Sr. D. Miguel Comenge Puig
- Sr. D. Francisco Javier Huerta Trolèz
- Sr. D. Fernando Torremocha García-Sáenz
- Sr. D. Miguel Cuerdo Mir
- Sr. D. Emilio Conde Fernández-Oliva
Secretario del Pleno
- Sr. D. Rafael García Monteys