Mar Chileno
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Mar Chileno es la denominación oficial de la franja costera de Chile. Corresponde a las aguas que circundan la costa continental hasta las 200 millas marítimas al oeste desde la línea de marea baja, y en el caso de Rapa Nui, y Salas y Gómez, 350 millas marinas. El régimen jurídico del Mar Chileno quedó establecido por el Decreto Supremo 346, de 30 de mayo de 1974 [1].
[editar] Clasificación del Territorio Marítimo Chileno
- Mar Territorial: corresponde a las primeras 12 millas marinas y constituye una proyección del territorio continental o insular por lo que el estado ejerce soberanía con pleno derecho, solo se permite navegación inocente, que no produzca daño. Abarca unos 100.000 km².
- Zona contigua: son las primeras 24 millas marítimas desde la línea de baja marea (se sobrepone a la anterior) al oeste, y es una zona donde el Estado tiene facultades en materias de prevención y sanción de la infracción de sus leyes, reglamentos sanitarios, aduaneros, inmigración, etc.
- Zona económica exclusiva o Mar Patrimonial: este territorio se extiende desde los 188 millas marinas más allá de la línea de término del Mar Territorial. Aquí el Estado chileno tiene derecho exclusivo sobre la explotación, conservación y administración de los recursos incluyendo el lecho marino, además de fijar normas para velar por ello. Comprende unos 3.000.000 km² aproximadamente.
- Mar Presencial: zona económica exclusiva donde el Estado de Chile adquiere obligaciones por acuerdos internacionales. Va desde el paralelo que está a la altura del hito Nº 1, correspondiente a Arica y continúa hacia el sur por el meridiano correspondiente a la plataforma continental de Isla de Pascua, y desde allí hasta el Polo Sur.